RESOLUCIÓN No. 74/99.
POR CUANTO: Por
acuerdo No. 2767 de fecha 21 de Junio de 1994, el Comité Ejecutivo del Consejo de
Ministros haciendo uso de las facultades que le otorga la Ley, aprobó la transformación
del Centro Universitario de Pinar del Río, en Universidad de Pinar del Río.
POR CUANTO: La Resolución No. 71 de 13 de Mayo de 1998, dictada por el Ministro
de Educación Superior, designó al que suscribe en el cargo de rector de la Universidad
de Pinar del Río.
POR CUANTO: El reglamento para la aplicación de las categorías docentes en la
Educación Superior puesto en vigor por la Resolución Ministerial No. 25/93, establece en
su Capítulo II Artículo 5 que una de las funciones generales que deben cumplir los
profesores universitarios es educar para la formación de convicciones personales y
hábitos de conducta, para el logro de personalidades integralmente desarrolladas, que
piensen y actúen creadoramente, aptas para construir la nueva sociedad y defender las
conquistas de la Revolución.
POR CUANTO: El Tribunal designado para la Revolución de la Categoría Docente
Principal al Profesor Instructor Sergio Lázaro Cabarrouy Fernández-Fontecha comprobó
que el mismo ha hecho pronunciamientos públicos en eventos de su área y a nivel de
Universidad, así como que el contenido de los artículos por él publicados en los cuales
se identifica como profesor de la Universidad de Pinar del Río, son disonantes con la
política educacional de la revolución y en su mayoría son abiertamente hostiles a ella,
al margen de que hayan sido hechos por ingenuidad o con mala intención.
POR CUANTO: El Tribunal designado para la Revocación de la Categoría Docente
Principal al Profesor <instructor Sergio Lázaro Cabarrouy Fernández- Fontecha
concluyó que el mismo incumple reiteradamente sus funciones como profesor universitario
en lo concerniente a la necesaria labor educativa que deben realizar los profesores
universitarios en interés de la formación de un profesional integral, revolucionario que
defienda las conquistas de la nación y el socialismo.
POR CUANTO: El tribunal considerando los aspectos expresados en los por cuanto
precedentes acordó proponer al que suscribe la pérdida de su condición de Instructor al
docente Sergio Lázaro Cabarrouy Fernández- Fontecha, por no cumplir con una de las
funciones generales establecidas en el Artículo 5 inciso (a) del citado cuerpo legal.
POR TANTO: En uso de las Facultades que me están conferidas;
RESUELVO:
PRIMERO: Disponer la revocación de la Categoría Docente de Instructor al
Profesor Sergio Lázaro Cabarrouy Fernández- Fontecha implicando la pérdida de la misma
y por tanto del derecho a continuar como profesor.
SEGUNDO: En caso de inconformidad con lo dispuesto en el resuelvo primero de esta
Resolución, puede interponer recurso de apelación ante el que resuelve, por conducto del
órgano de cuadros del centro, en un término de diez días naturales; a partir del día
siguiente a la notificación.
Esta Resolución se dicta fuera de término a partir de consultas realizadas al
Ministerio de Educación Superior.
Archívese copia en la Secretaría general del Centro.

Dada en la Ciudad de
Pinar del Río, a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve;
"Año del 40 Aniversario del Triunfo de la Revolución".
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